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Título

PRORROGA DNI VENCIDOS HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2021 Y ADMISION DNI DE MENOR DE EDAD

Descripción

1. Precisar que la prórroga excepcional, de la vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar, involucra su utilización válida como título de sufragio por parte de los ciudadanos obligados a sufragar en las Elecciones Generales 2021, hasta su respectiva conclusión.

2. Admitir los DNI de menor de edad, como título de sufragio válido para los efectos de sufragar en las Elecciones Generales 2021, hasta su respectiva conclusión.

3.Todo ciudadano peruano que porte un DNI azul (mayor de edad), amarillo (menor de edad) que cumple 18 años hasta el 11 de abril del 2021) o electrónico caduco y que figure en el padrón electoral de su circunscripción, podrá emitir su voto.

4. Corresponde a los miembros de mesa la verificación de la identidad de los ciudadanos peruanos que acudan a ejercer su derecho al sufragio y la decisión sobre la aceptación o rechazo de los DNI´s que presenten.

5. El cargo de miembro de mesa solamente puede ser ejercido por los ciudadanos peruanos portadores de DNI original y que figuren en las listas de electores del centro de votación donde desarrollaran dicha función.(Esta coordinación se debe realizar de manera verbal y con discreción.

6. En ningún caso podrán ser miembros de mesa aquellos ciudadanos peruanos, cuya dirección corresponda a otro centro de votación sea en Lima o en el Exterior.

Fecha de Publicación

03/02/2021

Datos adjuntos

Creado el 03/02/2021 05:09 a.m. por Jorge Rodrigo Pérez Moscoso
Última modificación realizada el 03/02/2021 05:09 a.m. por Jorge Rodrigo Pérez Moscoso